La
Justicia porteña ordena a una obra social cubrir un tratamiento de fertilización
in vitro
09:42
El
fallo, que considera a la infertilidad como una enfermedad, es a favor de una
pareja joven que intentó distintos métodos durante los últimos cuatro años.
La jueza Patricia López Vergara sostiene que en este caso es "la única
vía posible" para lograr el embarazo.
Por: Nicolás
Pizzi
En
un fallo inédito para la justicia porteña, la jueza Patricia López Vergara le
ordenó a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) que cubra todos
los gastos de un tratamiento de fertilización in vitro. La sentencia favoreció
a Marcelo Roberto Ayuso (42 años y empleado del Gobierno de la Ciudad) y Marisa
Liguori (37), quienes acudieron a la Justicia en 2006 luego de probar –sin
resultados positivos- otros métodos durante más de tres años.
"Nos casamos en diciembre de 2002 y un año después empezamos con las
consultas y los estudios. Así me enteré que no podía tener hijos de manera
natural por una peritonitis generalizada que sufrí a los 21 años y que me dejó
con 35 kilos", cuenta Marisa en diálogo con Clarín.com. Y agrega:
"Primeros intentamos con inseminaciones, pero los médicos nos dijeron que
la única solución era un ICSI". Esa técnica es una variante de la
fertilización in vitro (fuera del cuerpo) y se caracteriza porque los
espermatozoides se inyectan directamente en los óvulos seleccionados (ver
recuadro).
Los métodos de fertilización avanzados tienen un costo que puede variar entre
7.000 y 14.000 pesos. Y muchas parejas están obligadas a hacer varios intentos.
Sin embargo, la mayoría de las obras sociales y las prepagas no cubren los
gastos. En este caso, el fallo reconoce un máximo de cinco tratamientos (a un
valor de $10.300 cada uno) en un centro elegido por ellos mismos. "Elegimos
Procrearte porque yo conocía a los médicos desde que tuve mi problema",
cuenta la mujer horas después de conocer la resolución.
Para resolver a favor de la pareja, la jueza destacó que el tratamiento fue
ordenado por al menos dos médicos, como "la única vía posible", y
resaltó la importancia de la edad de la mujer. "A medida que aumenta
(especialmente a partir de los 35 a 37 años) las tasas de éxito de los
tratamientos disminuyen, y se incrementan los riesgos genéticos", dice un
informe de la Sociedad de Medicina Reproductiva citado en el fallo. "Genera
mucha angustia -agrega Liguori- saber que se acaba el tiempo".
No obstante, el argumento central de la sentencia es que la infertilidad debería
ser considerada como una enfermedad porque "puede originar depresión,
ansiedad y angustia que contaminan la vida de relación toda de la pareja".
De esa manera, la negativa a cubrir el tratamiento es
"discriminatoria". La obra social igualmente se negó en varias
oportunidades a reconocer los gastos por entender que el tratamiento está fuera
del Programa Médico Obligatorio. "Su inclusión en el PMO justamente va a
generar que bajen los costos", dijo el abogado Pablo Rosales.
El fallo es inédito en el ámbito de la Ciudad, pero tiene algunos antecedentes
en la justicia civil y en la provincia de Buenos Aires. "Acá tenemos una
legislación específica sobre reproducción que se cumple muy poco",
reconoció el juez platense Luis Federico Arias, autor de varios fallos contra
el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) por casos similares de
reproducción asistida.
¿Qué
es la técnica ICSI?
La
técnica de inyección intracitoplasmática del espermatozoide –más conocida
por sus siglas en inglés, ICSI– es una variante de la fertilización in Vitro
(FIV) y consiste en seleccionar espermatozoides e inyectarlos dentro de cada óvulo
mediante una aguja especial de vidrio. "Este procedimiento se realiza en el
laboratorio, bajo condiciones ambientales controladas de temperatura, humedad,
concentración de oxígeno, anhídrido carbónico, etc", explica Fabio
Sobral, de Pregna.
Los especialistas lo recomiendan especialmente cuando los análisis previos del
semen permiten suponer que habrá dificultades o cuando la pareja tiene el
antecedente de una baja fertilización en un intento previo, mediante un in
vitro convencional. "Está dirigido a parejas infértiles en las que debido
a alteraciones severas de los espermatozoides, éstos no tienen la capacidad de
penetrar al ovocito", agrega Sobral.
Fuente:
Diario Clarín.com, 03 de diciembre de 2007.
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