Piden
una "muerte digna" para su hijo y la Justicia lo acepta
FALLO DE UNA JUEZA DE NEUQUEN
Osvaldo
Ortiz. NEUQUEN. CORRESPONSAL
La
jueza de Familia, Niñez y Adolescencia Nº 2 de Neuquén, Isabel Kohon, dispuso
que un nene de 11 años afectado por una enfermedad crónica y terminal, pueda
tener una "muerte digna" y no sea sometido a "tratamientos
invasivos" de terapia intensiva. El pedido había sido planteado por
los padres del chico, que consideraron que esas prácticas son "crueles
e inconducentes" para una enfermedad que no tiene cura.
El nene sufre "mucopolisacaridosis, una enfermedad crónica neurometabólica
progresiva". Es de una localidad agrícola vecina a Neuquén, y permanece
en su casa, donde es atendido por un equipo de cuidados paliativos del
hospital cabecera del sistema de salud de Neuquén, el Castro Rendón.
Ahora vive postrado en la cama, no puede ver y recibe asistencia artificial para
alimentarse. Como está llegando ya a la edad promedio de vida que impone esa
enfermedad, sus padres plantearon a los médicos que no se lo sometiera a
tratamientos invasivos, como conectarlo a un respirador artificial, si se
producía una inminente crisis.
La jueza abordó el caso por un planteo realizado por el director del hospital
Castro Rendón, doctor José Russo, quien le solicitó autorización "para
respetar las decisiones anticipadas y plasmadas por escrito en la historia clínica,
por los padres del menor, dado la supremacía del valor vida en nuestro orden
constitucional y el eventual conflicto de intereses atento a que el médico está
obligado a actuar en cumplimiento del deber legal de defensa de la vida y la
salud del enfermo". También aclaró que la enfermedad "no tiene
tratamiento curativo y sus padres (...) lo ayudan a ejercer su derecho a
vivir con la mayor dignidad posible".
Antes de producir el fallo —dictado el 20 de marzo pasado, aunque recién se
dio a conocer ayer a través de un comunicado del Tribunal Superior de
Justicia— la jueza pidió la opinión del Gabinete Interdisciplinario, de la
Defensoría del Niño y del Comité de Etica del hospital Castro Rendón. El
informe oficial aclara que la decisión final tiene relación con las opiniones
vertidas por esos organismos, "además de las ratificaciones de argumentación
realizadas por los padres del niño ante la magistrada".
En la parte resolutiva del fallo, la jueza "hacer saber a los médicos
tratantes que deberán realizar todas las prácticas médicas consideradas
como cuidados paliativos, disponiendo las medidas necesarias a fin de que el
menor no sea privado de confort físico y espiritual, aliviando su sufrimiento y
mejorando la calidad de vida remanente, y evitando que el niño ingrese a
terapia intensiva infantil a efectos de recibir tratamientos invasivos".
El fallo no tiene antecedentes en la jurisprudencia neuquina. Si bien ni el
director del hospital ni la jueza hicieron declaraciones públicas, varios
profesionales del hospital Castro Rendón se mostraron conformes de que el tema
de la "muerte digna" fuera finalmente abordado por la Justicia.
Otros casos resonantes
Los
especialistas en bioética llaman "encarnizamiento terapéutico" a los
tratamientos invasivos en los enfermos sin esperanza de curación. Y ya hubo
casos en los que la Justicia consideró innecesaria tal intervención a pedido
de los pacientes.
Por ejemplo, el juez en lo criminal de Mar del Plata, Pedro Federico Hooft,
aceptó el planteo de una mujer que sufría una enfermedad terminal y que, en
caso de empeoramiento irreversible de su mal, pedía que no le hicieran una
traqueotomía, la asistieran con respiración mecánica o la alimentaran e
hidrataran por un catéter.
En el marco de la polémica sobre la "muerte digna", en 2003 la
Justicia de Córdoba absolvió a una mujer acusada de no hacer tratar a su hijo
de 13 años que tenía cáncer. Cuando tenía 10 años, a Mauricio Waidatt
Elizondo le detectaron cáncer y su padre, Ricardo Waidatt, acusó a la madre
Mabel Elizondo de no garantizarle un tratamiento. El médico de Mauricio también
acusó a la madre por la pérdida de "un tiempo precioso" para
intentar salvar su vida.
Opiniones
"Es
un fallo valiente"
"Se
reconoció en este caso de Neuquén el derecho a una muerte digna, lo
cual constituye una parte esencial de la autonomía de decisión de las
personas", dijo el constitucionalista Alejandro Carrió, presidente de la
Asociación por los Derechos Civiles.
Carrió agregó que "es un fallo valiente, porque esa autonomía se
refiere a decisiones de la persona de cómo vivir su vida y también de la
manera en la que desea morir, cuando está claro que no existe posibilidad de
curación".
Por su parte, el director del Comité de Bioética del Hospital de Clínicas,
Carlos Gherardi, aprobó que la Justicia "haya acompañado la solicitud de
los padres para que su hijo no sufra un tratamiento incurable".
El doctor Gherardi señaló que "el imperativo tecnológico de que, porque
se puede, se debe, nos lleva al encarnizaminto terapéutico". Pero además
consideró innecesaria la intervención judicial. "No me parece bien la
excesiva judicialización de los actos médicos, porque esto debió resolverse
entre la familia y los médicos", señaló. También mencionó la necesidad
de "fijar un límite, para no generar la muerte indigna".
Fuente:
Diario «Clarín», Sección “Sociedad”, 19 de mayo de 2006.
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