Jurisprudencia
Médico. Responsabilidad Médica – Supuestos particulares – De los establecimientos médicos – Incumplimiento de la obligación de seguridad – Incendio causado por un paciente psiquiátrico mientras se encontraba aislado en la sala de contención.
Toda vez que pesa sobre la clínica y la obra social el deber de seguridad, su incumplimiento genera la responsabilidad de carácter objetivo por los daños sufridos por el paciente a consecuencia de la conducta negligente de sus dependientes en su vigilancia, pues era peligroso para sí y para terceros y su conducta resultaba previsible y evitable, razón por la cual cualquiera hubiera sido la circunstancia por la cual pudo encender el fuego en dicha sala y causar un incendio, no cambia las conclusiones jurídicas en cuanto a la relación causal de autoría de los daños derivados del siniestro.
C. Nac. Civ., sala k, 19/7/2009 – L. C., J. A. v. Obra Social del Personal de Edificios de Renta Horizontal y otros.
Revista Jurisprudencia Argentina, Bs. A s. 6/1/2010, Abeledo Perrot, pág. 27.
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